El Intendente del Parque Nacional Lanín informa a la
comunidad que a partir del 1° de diciembre de 2014, comienza a regir el “Registro Obligatorio para el Uso de
Sendas” habilitadas al uso turístico en jurisdicciones de esté Área
Protegida.
El objetivo de dicha reglamentación, la cual se enmarca
en la disposición N° 524/2014, es poder disponer de información útil para la planificación
de usos y mantenimientos de sendas como así de infraestructura de las mismas.
El diseño de la Planilla de Registro permite ser
conformada en todas sus partes por el caminante, aun sin la presencia de un
informante turístico. Es un sistema de registro y auto – registro para aquellas
personas que realicen actividad de montaña.
Cabe aclarar que si bien el Parque Nacional cuenta con cartelería
y folletería, este registro permite brindar mayor seguridad al visitante.
Gpque. Ricardo M. Rúa
INTENDENTE P.N. LANIN
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