jueves, 2 de octubre de 2014

Uso del CALCO Obligatorio

El Parque Nacional Lanín informa a la comunidad que a partir de el 01 de enero 2015 se implementara el uso del CALCO Obligatorio para identificación de embarcaciones y vehículos habilitados destinados a la prestación de servicios turísticos en ambientes acuáticos y excursiones terrestres convencionales de este Área Protegida.

La medida se enmarca dentro de la Disp. 485/2014 (Res. HD Nº  207/2008) y es aplicable a actividades de pesca embarcada, excursiones lacustre (hasta 15 pasajeros) excursiones en canoas, kayak, a remo o vela, duckies; alquiler de botes, canoas, kayak, de pedaleros y otras embarcaciones sin motor.

Dicha decisión tiene por objeto no solo facilitar el control de la APN sino además, garantizar al usuario que el servicio contratado se encuentra debidamente autorizado asegurando condiciones mínimas respecto a la calidad de los servicios, a la seguridad del visitante y la adopción de acciones y prácticas de bajo impacto.

         El intendente del Parque Nacional Lanin invita a los prestadores titulares de servicios habilitados, a retirar de forma gratuita el calco obligatorio en el Dpto. de Uso Público. Sito Elordi y Pto Moreno de 9 a 14hs.

Finalmente se recuerda que toda actividad comercial o prestación de servicios turísticos dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas debe contar con la correspondiente habilitación. Evite infracciones.

Gpque. Ricardo M. Rua
Intendente P.N. Lanin

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